lunes, 4 de enero de 2010

TIPOS DE DERECHO A LA SALUD

TIPOS DE DERECHO A LA SALUD:

1.Derecho a la protección en salud: (Promoción y Prevención de la salud).
2. Derecho a la atención en salud:
3. Derecho del usuario y de la usuaria de los servicios de salud.

- Recibir información del personal de salud para prevenir una enfermedad.
- Respeto de nuestra persona y dignidad.(nadie puede insultarnos o gritarnos).
- Exigir que no cuenten a otras personas el mal que tenemos.
- No ser rechazados por la enfermedad que se padece.
- Que nos informen claramente cuanto nos cuesta atendernos, cual es nuestra enfermedad, que tratamiento vamos a recibir y que vamos a sentir cuando tomemos las medicinas.
- Al salir del hospital tenemos derecho a que se nos entregue un informe de la historia clínica, que nos explique la enfermedad que tenemos, el tratamiento y como nos encontramos.
- Derecho a tener una atención de calidad: buen trato, información completa, en el momento y fácil de entender, que resuelvan nuestro problema.
- Derecho a una atención de emergencia, en cualquier establecimiento de salud cuando existe riesgo para nuestra vida.

4. Derecho en salud sexual y reproductiva:

- Derecho a conocer, cuidar y querer nuestro cuerpo.
- Derecho a decidir cuando y cuantos hijos tener.
- Derecho a recibir información completa y a elegir sobre los métodos anticonceptivos.
- Derecho a disfrutar las relaciones sexuales sin miedo a embarazarse o a contagiarse de enfermedades de transmisión sexual.
- Derecho a tener relaciones sexuales sin violencia ni maltrato.
- Derecho a tener un embarazo y parto saludable.

DERECHO A LA SALUD


Según la definición de la Organización Mundial de la Salud OMS, la salud es un estado de completo bienestar, físico, mental y social y no solo la ausencia de enfermedad.

Para que el derecho a la salud este completo, deben respetarse otros derechos como:
- El derecho a la libertad de elección, (decidir libremente donde atendernos).
- El derecho a la identidad cultural, (Que respeten nuestras costumbres, cuando vamos al establecimiento de salud).
- El derecho a la participación en la elaboración, ejecución y fiscalización de las políticas públicas.

SEGUNDA GENERACION


2. La segunda generación comprende los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC). .- Fueron reconocidos en el siglo XIX, es decir, posteriores al reconocimiento de los Derechos Civiles y Políticos. y son:
El derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales.
El derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.
El Derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses.
El Derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
El derecho a la salud física y mental.
El derecho a la maternidad y la infancia, donde toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especiales.
El derecho a la educación en sus diversas modalidades.
3. La tercera generación de los Derechos Humanos comprenden principalmente el derecho a la paz, el derecho al desarrollo y el derecho al medio ambiente sano. El reconocimiento de estos grupos de derechos surge a partir de los años setenta para incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los pueblos y son:
La autodeterminación.
La independencia económica y política.
La identidad nacional y cultural.
La paz.
La coexistencia pacífica.
El entendimiento y confianza.
La cooperación internacional y regional.
La justicia internacional.
El uso de los avances de las ciencias y la tecnología.
La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos.

DEBER: Es una obligación, que se cumple en un determinado momento y tiene un principio y un fin.

Las responsabilidades son obligaciones que debemos cumplir para tener una buena vida.

CLASIFICACIÓN


Actualmente las tres generaciones de derechos humanos es una propuesta efectuada por Karel Vasak en 1979 para clasificar los derechos humanos.
1. La primera generación comprende los Derechos Civiles y Políticos.- Se le puede llamar derechos fundamentales, basados en la libertad negativa (respeto) comprenden principalmente:
El derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad.
El derecho a la igualdad de derechos entre varones y mujeres.
El derecho a la libertad de de asociación, derecho a un debido proceso y libertad religiosa.
El derecho a no ser discriminado por motivos de raza, color, idioma, posición social o económica.
El derecho a la participación; entre otros.
Los derechos de primera generación, a su vez pueden clasificar en:
Derechos civiles: Basados en la igualdad ante la ley, los derechos son:
A la libertad individual
A la seguridad
A la libertad de pensamiento y conciencia
A la libertad de expresión
A la libertad de reunión y asociación
Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre
Nadie será sometido a torturas ni ha penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral
Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación
Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia
Toda persona tiene derecho a una nacionalidad
Derechos políticos: Se refieren a las regulaciones que permiten al hombre la participación del ejercicio en el poder político:
A la libertad de asociación política
Al Voto

CARACTERISTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS



• UNIVERSALES, ya que pertenecen a todos, sin ninguna diferencia por edad, sexo, raza, idioma, nacionalidad, religión, condición económica o social, ideas políticas, preferencia sexual, enfermedad o cualquier otra condición. “Se proclama la universalidad de los derechos humanos para evitar la opresión de los sectores menos favorecidos, para evitar la exclusión y la marginación de los grupos minoritarios y de las parias sociales, en definitiva, para evitar dejárseles sin derechos”[1].
• INCONDICIONALES, no pueden supeditarse más que a los derechos de los demás y a los justos intereses de la comunidad
• INALIENABLES, ya que no pueden transferirse o perder a voluntad
• INDIVISIBILIDAD, ya que representan la integridad de un conjunto conformado históricamente
• COMPLEMENTARIEDAD, ya que cada uno de los grupos de Derechos Humanos es complemento de sus similares
• INTERDEPENDENCIA, ya que poseen vínculos entre todos y cada uno de los Derechos Humanos.
. En consecuencia estos derechos deben ser:
Reconocidos: en todos los hombres por igual, este reconocimiento debe ser real y fundamental. Deben ser reconocidos para poder ser defendidos.
Respetados: para poder efectivamente proteger la dignidad humana y para hacer que su realización sea posible.
Tutelados: una vez reconocidos y respetados, debo protegerlos, la tutela corresponde a cada hombre, al estado y a la comunidad internacional.
Promovidos: deben ser constantemente promovidos, esto es, que deben darse a conocer y ser elevados en todo sentido, para evitar que sean vulnerados.

DERECHOS DE LA PERSONA




I.- ANTECEDENTES Añadir vídeo

Actualmente en las sociedades se reconocen que los seres humanos poseen derechos para poder llevar una vida digna. Estos derechos deben ser respetados y garantizados por el Estado y la sociedad sin ningún tipo de discriminación y éste debe tener una estructura institucional y legal que garantice su realización.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, establece en su artículo 1: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros".
La Declaración de Viena adoptada el 25 de junio de 1993 por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos afirma que "Los Estados tienen el deber, promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales".





II.- CONCEPTOS

Los Derechos son beneficios que nos pertenecen a las personas desde el momento en que nacemos hasta que morimos, y nadie no los puede quitar y son parte de nuestra vida.
Estos derechos, que están establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado.

Los Derechos Humanos “son un conjunto de obligaciones positivas y negativas del Estado. Los derechos de la persona y de los pueblos tienen como contrapartida los deberes estatales.